CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) dio a conocer que la autorización para ampliar el puerto de Veracruz establece condiciones obligatorias para proteger los ecosistemas marinos. Estas incluyen contener los sedimentos que se generan durante las obras, cuidar los corales, monitorear los arrecifes y realizar acciones de restauración. El proyecto autorizado no contempla construir la escollera de la segunda fase sobre el arrecife La Gallega.
La Gallega se encuentra aproximadamente a 490 metros del área de obras de la segunda fase. Para su protección y la de otros arrecifes cercanos, Semarnat exigió colocar mallas que contengan los sedimentos que se generen en las áreas de trabajo y reduzcan su dispersión hacia Gallega, Galleguilla, Punta Gorda, Punta Brava y La Blanquilla, y evitar el incremento de la turbidez y la deposición de partículas sobre estos ecosistemas, a fin de preservar las condiciones de transparencia y calidad del agua necesarias para el mantenimiento de sus procesos ecológicos.
Las condiciones establecidas también incluyen monitorear la calidad del agua alrededor de los arrecifes, rescatar corales de Punta Gorda y realizar acciones de conservación y restauración ecológica. Estas obligaciones permiten dar seguimiento a las condiciones de los ecosistemas y evaluar los resultados de las medidas aplicadas.
En febrero de 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó realizar una nueva evaluación ambiental de la ampliación del puerto. Determinó que las obras debían analizarse en conjunto, como un solo proyecto, para considerar sus efectos sobre los arrecifes y humedales de la zona, incluidos aquellos que se acumulan con el tiempo o se producen por la combinación de distintas actividades.
En atención a ese mandato, Semarnat emitió una nueva autorización condicionada el 30 de diciembre de 2022. Para ello, evaluó de manera integral el proyecto y los ecosistemas de su zona de influencia, considerando el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano y las disposiciones ambientales aplicables. La autorización sujetó el desarrollo de las obras al cumplimiento de medidas de prevención, reducción de impactos, compensación y restauración.
Entre estas obligaciones se encuentra la propuesta de establecer 35 hectáreas de arrecifes artificiales. Se trata de una medida adicional de compensación que no reemplaza la protección de los arrecifes naturales, el control de sedimentos, el cuidado de los corales ni las acciones de restauración.
La autorización tampoco establece que esa compensación consista simplemente en hundir barcos. Exige justificar dónde y cómo se instalarán los arrecifes artificiales, utilizar materiales compatibles con el ambiente marino y demostrar que los sitios elegidos son adecuados. Además, requiere monitorear sus resultados y prever acciones correctivas si no cumplen su función.
El seguimiento ambiental debe permitir conocer el estado de los ecosistemas y comprobar la eficacia de las medidas. Por ello, la autorización exige presentar informes con los resultados de los programas y las acciones realizadas. ASIPONA Veracruz está obligada a cumplir cada una de las condiciones establecidas para el desarrollo del proyecto. Estos mecanismos permitirán verificar la implementación y eficacia de las acciones de protección ambiental y, cuando los resultados lo ameriten, adoptar las medidas correctivas necesarias para atender oportunamente posibles afectaciones a los ecosistemas.
Semarnat estableció obligaciones concretas para proteger los arrecifes y dar seguimiento ambiental a la ampliación del puerto de Veracruz, ya que la conservación de los arrecifes naturales constituye una obligación prioritaria durante el desarrollo del proyecto. Su cumplimiento forma parte de las condiciones bajo las cuales se autorizó el proyecto, con el propósito de prevenir y reducir sus impactos y contribuir a la conservación y restauración de los ecosistemas de la zona.